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DEFENSA JURÍDICA CONTRA EL SECTARISMO   y el   ABUSO DE DEBILIDAD

DEFENSA JURÍDICA CONTRA EL SECTARISMO y el ABUSO DE DEBILIDAD

HERRAMIENTAS JURIDICAS EN DEFENSA DE VICTIMAS DE LA MANIPULACIÓN PSICÓLOGICA Y DEL SECTARISMO


*Consejo de Europa : Recomendaciones “Derivas sectarias y violaciones de los derechos del hombre” 31 de Octubre de 2010

Publicado por REDUNE JURIDICA activado 26 Julio 2014, 08:29am

*Consejo de Europa : Recomendaciones  “Derivas sectarias y violaciones de los derechos del hombre” 31 de Octubre de 2010

 

La comisión de los Derechos del Hombre de la Conferencia de  las OING, en su reunión del 5 de Octubre del 2010 propone a la conferencia de las OING del Consejo de Europa, la adopción de la recomendación “Derivas sectarias y violaciones de los derechos del hombre”

La Conferencia de las OING del Consejo de Europa,

Recordando la Recomendación 1412 (1999) de la Asamblea parlamentaria relativa a las actividades ilegales de las sectas, que daba continuación a su Recomendación 1178 (1992) relativa a las sectas y nuevos movimientos religiosos.

Recordando que la recomendación 1412(1999) incluía una importancia particular de la protección de los más vulnerables, en especial de los niños.

Recordando que la Asamblea parlamentaria recomendaba especialmente la creación de centros nacionales o regionales de información sobre grupos de carácter religioso, esotérico o espiritual, de los programas de educación sobre las grandes corrientes de pensamiento y las religiones, la creación de ONG para las víctimas y familiares de víctimas, en particular en los países de Europa central y oriental, y por último la creación de un observatorio europeo con el fin de facilitar los intercambios entre los centros nacionales.

Recordando la Respuesta del Comité de los Ministros (765e reunión/19 septiembre 2001) que subrayaba que el objetivo principal de la Recomendación 1412 (1999) era el de  proteger la dignidad humana y a los más vulnerables  y expresaba su acuerdo con las ideas expuestas, pero que por cuestiones de recursos, no se veía en la medida de acceder a la proposición de crear un observatorio europeo, no excluyendo, sin embargo, la posibilidad de que el Consejo de Europa pueda facilitar y promover la puesta en red de los centros nacionales e información.

Observando que el fenómeno de las derivas sectarias es la causa de infracciones de los derechos del hombre, en particular en los campos de la salud, de la educación y del respeto de la vida privada y familiar.

Observando que las organizaciones que originan derivas sectarias  actúan a menudo bajo la cobertura de la libertad de religión y ponen en peligro las libertades fundamentales de los ciudadanos y constituyen por eso mismo una amenaza a la democracia.

Observando que aprovechando la permeabilidad de las fronteras, el fenómeno no cesa de extenderse en los países de Europa central y oriental y no disminuye en los países de Europa occidental.

Observando que a día de hoy  sólo dos Estados (Bélgica y Francia) han tomado disposiciones legislativas para seguir las Recomendaciones arriba mencionadas y que otros Estados (Alemania, Suiza…) han tomado o sostenido medidas de observación y de información en relación a las derivas sectarias.

Preocupada por el hecho de que los Estados miembros del Consejo de Europa no hayan, hasta la fecha, tomado medidas a la altura del desafío que representan las derivas sectarias, constitutivas de ataques a los derechos del hombre y a los principios fundamentales de toda sociedad democrática.

Invita a la Asamblea parlamentaria

A abordar la puesta en aplicación de su recomendación 1412 (1999), y principalmente la creación de centros nacionales o regionales de información sobre las derivas sectarias.

Invita al Congreso de los poderes locales y regionales a trabajar sobre el tema “Derivas sectarias y violaciones de los derechos del hombre” y a impulsar por su parte la creación de los centros naciones o regionales de información sobre las derivas sectarias.

Invita al comité de ministros

A sostener la implantación  y el funcionamiento de una red europea de centros nacionales y regionales de información sobre las derivas sectarias con el fin de intercambiar información y de elaborar medidas comunes.

(Proyecto preparado por el Grupo de trabajo “Derivas sectarias y violaciones de los derechos del hombre”)

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