1º.-Lesiones físicas y psíquicas a las personas.
2º.-Obtención de datos,en forma irregular,de organismos públicos,con objeto de aplicar la información obtenida a sus propios provechos o beneficios.
3º.-Evasiones fiscales o fraudes.
4º.-Utlización indebida de fondos públicos.
5º.-Interposición de procedimientos judiciales con base en falsas causas.
6º.-Ventas de bienes y servicios,así como constitución de entidades y asociaciones con dedicación a fines que difieren de su objeto legal.
7º.-Delitos sociales e infracciones del orden laboral como consecuencia de la realización de trabajos por los adeptos sin sujección a horarios,carentes de las cotizaciones reglamentarias-
8º.-En ocasiones creaciones de centros de enseñanza para los menores cuyos padres son adeptos sin autorización..
9º.-Situaciones de rupturas familiares y matrimoniales con graves repercusiones económicas.
10º.-Falsedad documental.
11º.-Intrusismo profesional.
12º.-Coacciones y amenazas.
13º.-Asociaciones ilícitas.
14º.-Atentados contra la salud publica
Propuesta realizada por la Fiscal DªTeresa Lema y por la abogada DªAngeles Lozano y remitida al Parlamento Europeo en el año 1998,por mediación de AIS.